EN PERSPECTIVA
Martes 25.8.2015
(Audio María Julia Muñoz)
"Debemos decir que es deber del Poder Ejecutivo y el Ministerio de Educación y Cultura garantizar la educación a todas las niñas y niños adolescentes del país por lo cual a vamos a decretar la esencialidad de los servicios que tiene que ver con la enseñanza, debido a que son derechos de los ciudadanos a la educación, son derechos de las niñas y niños tener clases en el momento apropiado. No podemos mantener una situación en la que también se vean vulnerados los hogares cuyos estudiantes cuyos niños y niñas tienen que concurrir a centros de estudio y que ven trastocada su vida laboral, su vida cotidiana."
(Fin audio)
Así anunciaba la Ministra de Educación, María Julia Muñoz, la declaración de esencialidad que regirá a partir del miércoles en las instituciones públicas de Primaria, Secundaria y UTU. Muñoz explicó que la medida se aprobó en virtud del rechazo de los sindicatos a la última propuesta salarial del gobierno que se discutió el viernes.
Según consigna El Observador, el presidente Tabaré Vázquez se reunió ayer de mañana temprano –previo al consejo de ministros– con Muñoz, el ministro de Economía, Danilo Astori, el de Trabajo, Ernesto Murro y el director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), Álvaro García, y les comunicó que había tomado la decisión.
Fuentes del Poder Ejecutivo informaron al matutino que en esa ocasión Vázquez manifestó que la gota que derramó el vaso fueron las medidas sindicales que resolvieron el fin de semana las bases de los sindicatos, luego de que el viernes sus dirigentes y el presidente del PIT-CNT, Fernando Pereira firmaran un acta de acuerdo salarial para el quinquenio con el Consejo Directivo Central (Codicen) de la ANEP, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el Ministerio de Trabajo (MTSS). Cayó muy mal también la acusación de "neoliberal", que algunos sindicatos profirieron contra el gobierno.
Los informantes señalaron que desde el Poder Ejecutivo se entiende que la propuesta salarial que se le presentó a los docentes el viernes "es la mejor" que se ha planteado entre las ramas del sector público.
¿Qué efectos tiene la esencialidad? En la práctica obligará a los docentes a poner un freno a la huelga que llevan adelante desde el 17 de agosto los profesores de Montevideo, así como la sucesión de paros en los demás gremios de la enseñanza. Quienes no cumplan quedan expuestos a sanciones que pueden llegar incluso a la destitución.
Pese a que la posibilidad de decretar la esencialidad sobrevoló días atrás, e incluso su aplicación se ha debatido largamente cada vez que hay un paro de docentes, es la primera vez que se aplica en el sector educativo desde el retorno de la democracia.
Esta excepcionalidad molestó a varios sectores del Frente Amplio, principalmente al MPP que considera que hubo poco margen de discusión para una medida que entienden, “entorpece” el tratamiento del Presupuesto. A pesar de que la posibilidad de un decreto de esencialidad se manejaba informalmente, el anuncio fue hecho sorpresivamente sobre el final de la reunión que el presidente Vázquez mantuvo ayer con la bancada oficialista para exponer los lineamientos presupuestales, lo que molestó a varios legisladores del FA.
Y como era de esperarse, la decisión desató el rechazo en bloque de todos los sindicatos docentes…
Sí, los gremios de la enseñanza se movilizaron espontáneamente hasta el Ministerio de Trabajo ingresando al edificio con bombos, pancartas y banderas. Luego se dirigieron a la Torre Ejecutiva y marcharon por 18 de julio. Además, se ocuparon 26 liceos en todo el país: 22 en el interior y cuatro en la capital. El PIT-CNT, inmediatamente acompañó a los sindicatos. Mañana (miércoles) se reunirá una mesa representativa para evaluar los pasos a seguir, y el jueves 27 de agosto habrá una concentración en la explanada de la Universidad.
En todos los gremios vinculados a la educación y en la central de trabajadores se considera que este decreto de esencialidad es ilegal y violenta el derecho de huelga consagrado en la constitución. Por eso es que evalúan denunciar al Estado Uruguayo ante la justicia local y ante la Organización Internacional del Trabajo.
En Perspectiva dialogó con el dirigente de la Asociación de Docentes de Secundaria, Luis Martínez quien sostuvo que este acto tiene tintes autoritarios y absurdos, tomando en cuenta que se llevan solo seis días de huelga en Montevideo.
(Audio Luis Martínez)
"Busca amedrentar, meter miedo, confundir y por supuesto muestra la intransigencia ante el rechazo de un convenio que es inaceptable. No hay voluntad de negociar acá. Lo que salió ayer de la Fenapes fue rechazo y negociación. Pero no están cumpliendo con la ley de negociación colectiva."
(Fin audio)
¿Qué argumentan los sindicatos para sostener la ilegalidad del decreto? En Perspectiva conversó con el abogado Daniel Parrilla que asesora a la Asociación de Docentes de Secundaria (ADES) y a Fenapes.
El experto explicó que la declaratoria de esencialidad es el único factor que determina la ilegalidad de una huelga, un derecho que tiene la máxima protección legal a través de la Constitución y diversos tratados internacionales sobre derechos humanos y laborales que Uruguay ha firmado, y son ley interna.
Según el abogado, como el derecho de huelga tiene semejante protección sólo puede limitarse cuando colide con la vida, la seguridad y la salud, extremo que no se cumple cuando hay una medida de este tipo en la educación. Como no se verifica este criterio, según Parrilla, el gobierno está discrecionalmente y sin fundamentos decretando la ilegalidad de una huelga.
(Audio Daniel Parrilla)
"El derecho de huelga tiene un estatus jurídico de máxima protección legal. Si nosotros permitimos que la esencialidad se decrete sin más quiere decir que se desmorona todo el soporte jurídico tan importante, y pasa a ser sustituido por la discrecionalidad del Poder Ejecutivo del momento."
(Fin audio)
Parrilla además recordó que el artículo 4 de la ley 13720, en la que se basan los decretos de esencialidad, establece que en estos casos se debe colocar guardias gremiales para cubrir servicios mínimos. Esto resulta “imposible” en el sector educativo dado que resulta absurdo juntar 10 clases con un solo profesor de guardia. Además, si no se cumplen con la esencialidad ¿se va a echar a miles de profesores y maestros?, se preguntó el abogado.
Consultamos a otras voces respecto a la eventual ilegalidad de este decreto de esencialidad: El experto en Derecho Laboral y profesor de la Universidad de la República, Gustavo Gauthier. Este experto nos decía que no se puede decir “alegremente” que la decisión haya sido ilegal, ya que los artículos de la ley 13720 en los que se basa el decreto siguen vigentes y amparando al Poder Ejecutivo. Además no existe una ley que determine cuáles son los servicios esenciales y los que no.
La OIT, a través del Comité de Libertad Sindical, explicó Gauthier, tiene una “larga tradición” que considera que solamente pueden decretarse esenciales aquellos servicios cuya interrupción pone en riesgo la vida o la salud de la toda o parte de la población. De hecho, si se consulta la Recopilación de decisiones y principios del Comité de Libertad Sindical disponible en la web, el sector educación está incluido en una lista de servicios que no son esenciales en el sentido estricto del término. Sin embargo, Gauthier sostuvo que la OIT no se limita a este criterio.
(Audio Gustavo Gauthier)
"El comité no se cierra a considerar únicamente como servicios esenciales aquellos que ponen directamente en peligro la vida, la seguridad o la salud de la persona. El comité también considera otros casos pero lo hace caso a caso. Y cuando la interrupción de un servicio lleva mucho tiempo, un servicio que en principio no es esencial puede ser esencial."
(Fin audio)
En la misma línea se expresó la abogada Verónica Rafo, que hoy citada por El Observador sostiene que “la realidad es que la OIT ha ido evolucionando en todos estos años respecto a qué consideramos un servicio esencial (…): ciertos servicios públicos que no serían esenciales en esa clasificación tan restrictiva, pero que tengan importancia trascendental o utilidad pública, también se pueden considerar servicios a los que el Estado les puede pedir un servicio mínimo y que tenga que haber continuidad”.
En caso de que los sindicatos lleven su caso a la OIT la resolución demorará entre uno y dos años, explicó Gauthier. Además, el fallo no será obligatorio si no que será simplemente una recomendación para el caso en particular. ¿Y qué podemos decir en cuanto a la constitucionalidad de esta medida? La Constitución no reconoce derechos absolutos, todos los derechos pueden ser limitados por razones de interés general como la vida el honor, la seguridad, el trabajo la propiedad, explicó Gauthier.
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