Entrevista con Juan Gómez, ex fiscal de Crimen Organizado de segundo turno.
EN PERSPECTIVA
Lunes 08.02.2016, hora 8.12
EMILIANO COTELO (EC) —El viernes pasado, Eugenio Figueredo se comprometió a entregar bienes valuados en US$ 10 millones y a aportar más información respecto a las maniobras de lavado de dinero en las que participó. A cambio, el expresidente de la Conmebol (Confederación Sudamericana de Fútbol) puede obtener una reducción de la pena que le corresponde por los delitos por los que está procesado, que son estafa y lavado de activos.
Un acuerdo de este tipo está previsto en la Ley de Control y Prevención de Lavado de Activos como una herramienta para obtener datos que permitan desarticular grupos criminales organizados.
El acuerdo fue firmado ante el fiscal Juan Gómez, que ayer domingo concluyó un período de tres años y nueve meses al frente de la Fiscalía de Crimen Organizado de segundo turno, en la que estuvo varias veces en el centro de los debates y de la opinión pública.
¿Cómo se llegó a este pacto? ¿Cómo impacta en las futuras indagatorias que se hagan en este caso? De eso vamos a conversar con el doctor Juan Gómez.
Acaba de cerrar su etapa en el Juzgado de Crimen Organizado… ¿qué hace hoy lunes de Carnaval en Montevideo?
JUAN GÓMEZ (JG) —Estoy preparando mi ingreso a un lugar que quiero mucho, la Fiscalía en lo Penal de primer turno. Siempre hay cuestiones de mudanzas y uno las tiene que atender personalmente.
EC —¿Se va a dedicar a ordenar papeles?
JG —Ahora sí, salgo de acá y voy a ordenar papeles. Tampoco tuve tiempo el viernes de dejar con una presentación razonable mi despacho a la nueva fiscal del Crimen Organizado, doctora [María de los Ángeles] Camiño.
EC —¿Cuándo asume la nueva responsabilidad?
JG —La estoy asumiendo hoy; de hecho comenzaré el miércoles por el feriado de Carnaval.
EC —Empecemos por recordar los antecedentes más cercanos del caso Figueredo. Volvió a Uruguay el 24 de diciembre, extraditado desde Suiza. Ese mismo día declaró ante la justicia del crimen organizado y la jueza Adriana de los Santos lo procesó con prisión por un delito continuado de estafa en reiteración real y un delito continuado de lavado de activos. ¿Por qué se le tipificó cada uno de esos dos delitos?
JG —En el caso de lavado de activos, la contundencia de las cosas me inhibe de hacer mayores comentarios. Simplemente el hecho de que el señor Figueredo tuviera una solvencia económica muy superior a la que le darían sus ingresos regulares –cosa que logramos probar, luego de una indagatoria muy meticulosa que se efectuó con ayuda de cuerpos especializados– nos lleva de la mano a la figura de lavado de activos.
En cuanto a la estafa, entendimos que con su actitud de engaño hacía incurrir en perjuicios a las instituciones deportivas del Uruguay –la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF), a los clubes que participaban en los torneos organizados por la Conmebol y a los propios jugadores–, que se perdían de obtener mayores premios por sus participaciones. Consideramos la figura de estafa porque la tipificación de fraude, tal como se conoce en la administración pública, entre privados no era posible.
EC —Es interesante eso. Estamos hablando de un caso de corrupción a nivel privado, dirigentes de la Conmebol obtenían para sí beneficios económicos por el hecho de que los contratos de trasmisión de televisión de tales o cuales torneos caían en manos de las empresas tales o cuales. Llevaba una tajada, una coima por esos acuerdos.
JG —Exacto. Para mantener lo que él mismo calificó como el statu quo.
EC —Pero la coima en sí, lo que podríamos llamar coima, no es delito, ustedes no lo están tipificando como delito. Están focalizándose en el perjuicio que esa operación les provocaba a las instituciones deportivas, por ejemplo a la AUF, a los clubes uruguayos, que recibían por lo tanto menos dinero de ese concepto de trasmisiones de televisión.
JG —Obviamente él tenía un beneficio por todo eso, por tanto a mi juicio se dan los elementos de la figura de estafa y eso es lo que se le tipificó provisoriamente en el auto de procesamiento del 24 de diciembre. Y por otra parte fue por los delitos por los cuales se requirió la extradición en setiembre del año pasado a la justicia de Suiza.
EC —Vayamos a lo más nuevo, a lo que ocurrió el viernes. ¿Puede explicar el acuerdo que usted como fiscal del Crimen Organizado firmó el viernes con Eugenio Figueredo? Lo que trascendió es que al amparo del artículo 6 de la ley 18.494, de Control y Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, Figueredo suministró información sobre personas y empresas que participaron junto con él en las maniobras ilícitas para lavar dinero proveniente de actos de corrupción y, aparte, entregó 13 propiedades cuyo valor supera los US$ 10 millones.
JG —Yo tendría reparos con el término entregó, porque no es exactamente eso.
EC —¿Qué es? ¿Cómo lo diría usted de manera correcta, ajustada a derecho?
JG —En la investigación que se hizo con el auxilio de la Secretaría Antilavado, con el auxilio de la UIAF [Unidad de Información y Análisis Financiero del Banco Central del Uruguay], con el auxilio invalorable de la contadora del Poder Judicial, habíamos determinado que el señor Figueredo poseía, tenía derechos sobre determinados bienes, sobre determinadas sociedades y sobre determinadas cuentas bancarias. Ya en junio del año pasado habíamos solicitado medidas cautelares para inmovilizar esos bienes para impedir que pudieran ser sacados del patrimonio del señor Figueredo. Por lo cual en ese caso no podemos considerarlo una entrega sino un accionar de la justicia que inmovilizó esos bienes.
Por otro lado, en el acuerdo de ahora se logró, por la colaboración –y eso es lo que efectivamente prevé la ley–, individualizar bienes que no habíamos podido individualizar, que no teníamos los mecanismos necesarios para individualizar porque figuraban a nombre de otras personas o de sociedades a las que la investigación no había llegado hasta este momento.
EC —Figueredo facilitó el acceso a esa lista adicional de bienes que hasta ahora la justicia no había podido localizar.
JG —No había podido; eso es el corazón de un acuerdo de colaboración.